miércoles, 21 de enero de 2009

SÍNDICO CONTESTA TRASLADO DEL PEDIDO DE SUBASTA DE UN INMUEBLE SOLICITADO POR LA INCIDENTISTA

SÍNDICO CONTESTA TRASLADO

Señor/a juez:
 .................., síndico en autos caratulados: “............., s./ quiebra s./incidente concurso especial art. 209, solicitado por .................”, con domicilio constituido en.............., se presenta por ante V.S. y, respetuosamente, dice: Que viene mediante el presente a contestar el traslado conferido de la providencia del......... de .......... de 2........, notificado el ........ de........ de 2...... Que ha mérito de la documentación acompañada, teniendo especialmente en cuenta lo prescrito en el art. 209 de la ley 24.522, hallándose acreditada la verosimilitud de los títulos con los que se pretende la subasta del inmueble de propiedad de la fallida, sito en............., así como también lo dispuesto en el art. 126 de la ley citada, esta sindicatura estima procedente el pedido de subasta efectuado por la incidentista. Los fondos que se obtengan de la subasta deberán quedar afectados al pago del crédito hipotecario, una vez hechas las reservas necesarias para atender a los acreedores preferentes a los aquí incidentistas (conf. Art. 244, L.C.). En la subasta a realizarse en el concurso especial, el martillero percibirá la comisión únicamente de quien resulte comprador (art. 261, L.C.). Por otra parte hallándose la propietaria del bien a subastar, en quiebra, debe ser el señor juez que entiende en ésta quien designe al martillero. No podrá la incidentista retirar fondos hasta tanto se halle verificada, caso contrario deberá prestar fianza suficiente (art. 209, L.C.). Tener por contestado en tiempo y forma el traslado conferido y proveer de conformidad.
SERA JUSTICIA

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