MODELO DE INCIDENTE DE VERIFICACIÓN TARDÍA DE CRÉDITO
Señor/a Juez:
......., abogad/A, inscripto en la matrícula, con fianza en vigencia, con domicilio constituido en calle ....... de la ciudad de ...., en los autos caratulados: “ .......... s/Quiebra”, Expediente que tramita por ante el Juzgado en lo Civil y Comercial Nº ... de la ciudad de ....., ante V.S. se presenta y respetuosamente dice:
I.- PERSONERÍA.-
Que tal como surge de la copia de poder general para juicios que acompaño he sido instituido apoderado de la firma ....., domiciliada realmente en la calle ...... de ........-
II.- ACEPTACIÓN Y OBJETO.-
Acepto el mandato conferido y cumpliendo expresas instrucciones de mi poderdante, vengo por el presente a interponer Incidente de verificación de crédito en forma tardía, en los términos del art. 280 de la ley 24.522.-
III.- INTRODUCCIÓN A ESTE PROCESO.-
Antes de proceder al relato de los hechos, esta parte debe manifestar que en su oportunidad, no tomó conocimiento de la existencia de la apertura del presente concurso de la sociedad hoy demandada. Reitero, no le fue notificada, en ningún momento, la apertura del concurso, pese a ser acreedor legítimo del mismo. Es por ello que se ve obligado a recurrir por esta vía procesal a interponer el recurso de verificación, solicitando a V.S. desde ya lo declare admisible, con los efectos legales, en todo de acuerdo a lo dispuesto por la ley concursal y el código ritual.-
IV.- LA SITUACIÓN FÁCTICA.-
Mi representada se dedica a la venta de ........ En esa actividad, posee una amplia clientela, entre los cuales se encuentra la firma .............-
La deuda surge a través de la relación comercial de cuenta corriente que mi mandante mantenía con la concursada, por la mercadería que le iba entregando.
En tal situación, mi representada vende la mercadería que se describe en la documentación acompañada a la presente, a ............, quedando debidamente acreditadas en la cuenta corriente según las facturas tipo A entre los períodos comprendidos en los meses de ........ al ........-
Debe tenerse en cuenta que las condiciones de venta pactadas en cada una de las ventas efectuadas eran al contado, es decir, que la deudora incurrió en mora en cada una de las compras realizadas al no realizar los correspondientes pagos.-
Repetidas fueron las oportunidades en que mi representada intima al pago de las facturas apuntadas a la Sociedad demandada, obteniendo en cada una de las gestiones un resultado negativo.-
Es por ello que se acude por esta vía ante V.S. a fin de garantizar el pago de lo debido, con los correspondientes intereses, por la falta de pago. Para ello solicita se haga lugar a la verificación impetrada, con los alcances determinados en el art. 281 de la ley 24.522.-
V.- MONTO Y CARÁCTER DEL CRÉDITO:
El mismo asciende a la suma de PESOS ......... ($ ......) en carácter de capital con más los intereses que serán calculados al momento de efectuarse la liquidación definitiva.-
El presente crédito se intenta verificar en el carácter de ACREEDORES QUIROGRAFARIOS.
VI.- PRUEBA.-
Se ofrece la siguiente:
1.- DOCUMENTAL.-
1.a.- ...... facturas tipo A, remitidas en el período comprendido entre las fechas .... al ........-
1.b.- .... remitos correspondientes a las facturas mencionadas en el ítems anterior.-
2.- PERICIAL CONTABLE
Solicita a V.S. se digne a proceder designar perito contador a fin de que proceda a realizar las siguientes pruebas periciales:
Sobre los libros de la concursada:
a) Si la firma ........., lleva los libros comerciales conforme a la normativa vigente;
b) Si de la misma surge la relación comercial que tuvo con mi representada, ...........;
c) Si de esos libros surge, además, la entrega y facturación de la mercadería que oportunamente se le fue entregando;
d) En caso afirmativo en el caso anterior, si el monto que surge de los registros de la firma ............., es coincidente con la reclamada en el presente;
e) Si se encuentra registrada todas y cada una de las facturas acompañadas en esta demanda; d) Todo otro dato que el perito considere de interés.-
Sobre los libros de ......-
a) Si lleva los libros en legal forma.
b) Si se encuentra debidamente registradas las operaciones compraventa que da cuenta la documentación que se acompaña a esta demanda;
c) Si consta la entrega de la mercadería que da cuenta la facturación y remito acompañado. d) Todo otro dato que con lleve a la certificación de la operación comercial entre la fallida y mi mandante.
3.- TESTIMONIAL.-
Se citará a prestar declaración testimonial en la audiencia que V.S. fije, y a tenor del pliego que será agregado oportunamente, el/la Sr./a ....., con domicilio en calle .........., de la ciudad de ......, para que manifieste si las firmas que constan en los remitos que se acompañan le pertenecen y si dicha mercadería fue recepcionada en representación de la fallida.-
4.- INFORMATIVA:
Se librará oficio a la firma transportista ........., para el supuesto caso de desconocimiento de la documentación que se acompaña, como de la operatoria comercial, remita copia de los remitos y de toda la documentación obrante en su poder referente a los transportes efectuados a la fallida desde el ..... al ........-
En la pieza a librarse se hará constar que el suscripto y/o quien designe se encuentra facultado para correr con el diligenciamiento del mismo.
VII.- TRASLADOS:
Se solicita se de traslado a la fallida en calle ...... de ...... y a el/la Sr./a Síndico ........, con domicilio en calle ........ de la ciudad de ..........-
VIII.- DERECHO:
Fundo el derecho que hace mi parte en los arts. 280 y ccs. de la Ley de Concursos.
IX.- PETICIÓN:
Por todo lo expuesto de V.S. impetra:
a) Se tenga por presentado, en el carácter invocado a mérito de la copia de poder que acompaña, con el domicilio legal constituido y el real denunciado.-
b) Se haga lugar al incidente de pedido de verificación tardía en el presente concurso en los términos del art. 280 de la ley 24.522.-
c) Oportunamente se declare admisible el crédito por el monto y en el carácter de acreedor, que por el presente se insinúa con más los intereses solicitados.-
Provea V.S. de conformidad,
POR SER JUSTICIA.-
INCIDENTES EN LA LEY DE CONCURSOS Y QUIEBRAS
ARTICULO 280.- Casos. Toda cuestión que tenga relación con el objeto principal del concurso y no se halle sometida a un procedimiento especial, debe tramitar en pieza separada, en la forma prevista por las disposiciones de este Capítulo.
ARTICULO 281.-Trámite. En el escrito en el que se plantee el incidente debe ofrecerse toda la prueba y agregarse la documental. Si el juez estima manifiestamente improcedente la petición, debe rechazarla sin más trámite. La resolución es apelable al solo efecto devolutivo.
Si admite formalmente el incidente, corre traslado por DIEZ (10) días, el que se notifica por cédula. Con la contestación se debe ofrecer también la prueba y agregarse los documentos.
ARTICULO 282.- Prueba. La prueba debe diligenciarse en el término que el juez señale, dentro del máximo de VEINTE (20) días. Si fuere necesario fijar audiencia, se la designa dentro del término indicado, para que se produzca toda la prueba que la exija.
Corresponde a las partes urgir para que la prueba se reciba en los términos fijados; el juez puede declarar de oficio la negligencia producida y también dictar resolución una vez vencido el plazo, aun cuando la prueba no esté totalmente diligenciada, si estima que no es necesaria su producción.
ARTICULO 283.- Prueba pericial. La prueba pericial se practica por UN (1) solo perito designado de oficio, salvo que por la naturaleza del asunto el juez estime pertinente designar TRES (3). En este último caso, dentro de los DOS (2) días posteriores a la designación, las partes pueden proponer en escrito conjunto DOS (2) peritos. Estos actúan con el primero de los designados por el juez, quedando sin efecto la designación de los restante.
ARTICULO 284.- Testigos. No se admiten más de CINCO (5) testigos por cada parte.
Cuando por la complejidad de la causa o de los hechos controvertidos resulte necesario mayor número, se deben proponer con la restante prueba. Si no se admite la ampliación comparecen solamente los CINCO (5) ofrecidos en primer término.
ARTICULO 285.- Apelación. Sólo es apelable la resolución que pone fin al incidente.
Respecto de las resoluciones que deciden artículo o que niegan alguna medida de prueba, la parte interesada puede solicitar al tribunal de alzada su revocación cuando lo solicite fundadamente en el recurso previsto en el párrafo precedente.
ARTICULO 286.- Simultaneidad de incidentes. Todas las cuestiones incidentales cuyas causas existieran simultáneamente y sean conocidas por quien los promueve deben ser planteadas conjuntamente.
Se deben desestimar sin más trámite las que se entablen con posterioridad.
ARTICULO 287.- Honorarios de incidentes. En los procesos de revisión de verificaciones de créditos y en los de verificación tardía, se regularán honorarios de acuerdo a lo previsto para los incidentes en las leyes arancelarias locales, tomándose como monto del proceso principal el del propio crédito insinuado y verificado.
No hay comentarios:
Publicar un comentario